Tan solo unos días después de anunciar un grupo de medidas restrictivas para el sector privado cubano, las autoridades del país hicieron público un paquete de sanciones para estos actores económicos mediante el Decreto-Ley 91/2024 “De las contravenciones en el ejercicio del trabajo por cuenta propia (TCP), las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y las cooperativas no agropecuarias (CNA)”.
Las sanciones económicas continúan siendo el principal castigo para quienes violen las regulaciones impuestas por el Gobierno al TCP, con multas de 20 a 40 cuotas para TCPs y de 40 a 60 cuotas para MIPYMES y CNAs por contravenciones menos graves. Para infracciones graves, las multas oscilan entre 40 y 60 cuotas para TCPs, y entre 60 y 100 cuotas para MIPYMES y CNAs.
Además de las multas, los infractores pueden enfrentar la suspensión temporal o la cancelación definitiva de sus licencias, permisos y otras autorizaciones necesarias para operar. Esto incluye la posibilidad de cancelar definitivamente el derecho a ejercer como TCP o cerrar total o parcialmente sus establecimientos.
En casos de violaciones muy graves que causen daños significativos a los socios o que afecten el interés social, el régimen cubano establecerá la disolución forzosa de la entidad infractora.
Las nuevas medidas también requieren que las MIPYMES y los TCPs establezcan contratos escritos para sus empleados, detallando claramente los derechos y deberes, así como promoviendo la afiliación sindical, por lo que se impondrán sanciones por incumplir normas de seguridad y salud laboral, así como por no registrar debidamente los salarios y contribuciones a la seguridad social.
Las MIPYMES ahora deben comercializar sus productos en Moneda Nacional (CUP) y registrar todas sus operaciones en una cuenta bancaria, lo que incrementa el control gubernamental sobre sus actividades. No utilizar canales digitales de pago o no operar a través de una cuenta fiscal se considerará un delito, reforzando la política de bancarización impuesta por el gobierno.