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Permiso para manifestarse en Cuba: ¿táctica o ingenuidad?

En Cuba no existe ninguna ley que permita o regule el derecho de manifestación, aún así, y partiendo de la experiencia del 11J, ¿podría la sociedad civil cubana lograr una autorización para marchar en libertad?

Protestas en el centro de la isla. 11 de julio 2021. "Abajo la dictadura"
Protestas en el centro de la isla. 11 de julio 2021. "Abajo la dictadura".

Comenzaré diciendo algo que debiera ser un lugar común: en Cuba no existe ninguna ley que permita o regule el derecho de manifestación. En el cronograma legislativo de la isla estaba prevista la aprobación para septiembre de 2020 de una ley de manifestación y reunión que, primero postergada, debe haber ido a parar al caño del Consejo de Estado tras la sorpresa del 11 de julio, cuando miles de cubanos se lanzaron a la calle espontáneamente a exigir libertad y democracia.

No obstante, este 24 de julio, el presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), Rubén Remigio Ferro, deslizó subrepticiamente en una conferencia de prensa internacional la idea de que en Cuba podía haber manifestaciones, siempre y cuando fueran "con fines lícitos y pacíficos", "con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley". Es decir, el jurista citaba para salvar el pellejo de sus jefes tras la represión del 11J, el artículo 56 de la Constitución cubana, el mismo al que por estos días se acogen las iniciativas de La Habana, Santa Clara y Holguín con el fin de solicitar permiso para desarrollar una manifestación el próximo 20 de noviembre.

Cuando vi estas propuestas, que los organizadores esperan difundir por todo el país, enseguida pensé en las palabras del máximo del TSP, y en mis discusiones con amigos defiendo las cartas presentadas a las autoridades y la propia marcha como un intento de agotar hasta las heces los vericuetos legales o incluso las palabras de los representantes de la ley en un país sin verdadera justicia. Al menos esta táctica revierte el toma y daca que por años han sostenido quienes disienten del poder y los que ilegítimamente nos gobiernan.

Por primera vez jugamos con piezas blancas en el ajedrez político de Cuba, pero no siempre lo hacemos de manera precisa. Quizás porque somos simples ciudadanos exigiendo lo que se suponía cumplido para toda la humanidad en el siglo que corre y que por el contrario ve crecer nuevos autoritarismos y regímenes pacatos como el cubano.

¿Derecho a manifestación, autorización para marchar en Cuba?

Que lo diga el trovador Silvio Rodríguez en sus ambiguas declaraciones, pasa como una más de sus metáforas.

Para que el precepto constitucional que describe el artículo 56 sea viable, es necesario una norma complementaria o adjetiva que desarrolle lo que el artículo sintetiza en pocas líneas, sus requisitos y limitantes. Por el contrario, y resulta algo paradójico, existe el artículo 209 del Código Penal (Ley No.62 de 1987 modificada) que establece sanciones de uno a tres meses o multa de hasta 100 cuotas para quien participe en reuniones o manifestaciones celebradas con infracción de las disposiciones que regulan el ejercicio de estos derechos.

Lo mismo sucede con el resto de los derechos cívicos y políticos como la libertad de expresión, prensa, religión, etc., que no cuentan desde hace cuarenta y cinco años con leyes complementarias para su pleno ejercicio en Cuba. Y esa norma, en el caso del derecho a manifestación, es la que los leguleyos del poder se resisten a aprobar. Pero ojo, la evidencia apunta a creer que, de hacerlo, será para permitir como hasta ahora las manifestaciones que les convienen a ellos y de la forma en que ellos dictaminan.

¿Cabe imaginar que se autorice una marcha cuando una de las respuestas represivas al 11J fue la puesta en marcha del decreto-ley 35?

Si después del 11J lo que vino fue la puesta en marcha del decreto-ley 35, que coarta la libertad de expresión y por tanto de convocatoria en redes sociales, ¿cabe imaginar una ley que permita la expresión del disenso libremente?

¿Fue legal la marcha de la comunidad LGBTIQ+ el 11 de mayo de 2019, o la sentada de cientos de artistas frente al Ministerio de Cultura el 27 de noviembre de 2020, o la de la docena de activistas en Obispo el 30 de abril pasado y en fin, lo fue la de las miles de cubanos el 11 de julio? En cambio, sí fueron autorizadas las marchas convocadas por el CENESEX (Centro Nacional de Educación Sexual) de Mariela Castro, la "tángana" de Díaz-Canel en el parque Trillo, la "orden de combate" del dictador que terminó en la represión del 11J y ahora, como respuesta a la marcha programada por la sociedad civil para el 20 de noviembre, el régimen convoca a sus elegidos para protestar legalmente contra el bloqueo norteamericano a la isla.

Nada faculta a los que nos acusan de desorden público, desacato y resistencia a hacer ellos lo mismo para sus propios intereses. Pero lo hacen. Y en estos momentos deben estar pensando si lo terminarán de hacer amparados por un nuevo decreto, que excluya de una vez a la oposición y ponga sobre el papel aquello de que "la calle es de los revolucionarios". Hacerlo podría resultar en un arma de doble filo, a la que habría conducido sin pensarlo ¿o sí? la propuesta de la sociedad civil.

Mientras tanto el régimen sopesa la situación en el tablero y quienes por esta ocasión nos quedamos observando nos acordamos de que "guerra avisada no mata a soldado"... pero nos mata.

 

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Mario Ramírez

Mario Félix Ramírez

(Camagüey, Cuba, 1994). Poeta, editor y periodista independiente. Graduado de Ingeniería en Telecomunicaciones y Electrónica por la Universidad Central de Las Villas, en 2018. Ha publicado el libro de poemas Corolarios (Ediciones Homagno, 2019) y la investigación Un cuarto de siglo con Martí: La Peña del Júcaro 1995-2020 (edición conjunta Grupo Ánima-Homagno). Es editor en Homagno y de la revista La Hora de Cuba. Colabora como redactor en las revistas Árbol Invertido y Alas Tensas.

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