La publicación este 20 de enero del anteproyecto del nuevo Código Penal (CP) cubano añade otra ley dirigida a sancionar a disidentes y a todo el que el régimen entienda como tal en la isla: el artículo 143. En específico, se condena el acceso a fondos independientes o financiamiento de entidades radicadas en el extranjero con penas de entre cuatro y 10 años de cárcel.
El nuevo delito dado a conocer por el Tribunal Supremo Popular integra el acápite de “Otros actos contra la Seguridad del Estado” y sancionará a aquel que “por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el estado y su orden constitucional”.
La subjetividad y ambigüedad de los términos en los que se expresa esta ley no son nada nuevo, y recuerdan la formulación de leyes complementarias como los decretos 349, 370 o 35, propulsados en Cuba en la era post Castro, y encaminados a criminalizar actividades como el cine o el periodismo independiente.
Para el abogado Eloy Viera, “el régimen cubano y sus defensores utilizan con frecuencia el financiamiento extranjero como principal argumento para descalificar a personas e iniciativas no alineadas a su disciplina partidista”, en cambio, “Es improbable que alguien pueda sostener que el Partido Comunista cubano mantiene toda su estructura e influencia solo con las aportaciones de sus afiliados. Es un hecho que algunas de las organizaciones de la oficialmente denominada ‘sociedad civil socialista’ también utilizan fondos públicos y financiamiento externo para sostener su labor”.
El anteproyecto forma parte del cronograma legislativo de 2022, en el que se espera la aprobación, por parte del Parlamento cubano, de 27 nuevas leyes. En concreto, la discusión del CP está programada para el mes de abril.
“Al duro y sin guante. No se muevan, no hablen, no respiren. En Cuba no hay orden constitucional”, sino “criminales en el poder”, opinó en redes sociales Anamely Ramos, curadora de arte y activista del Movimiento San Isidro, quien también reseñó las palabras de Viera.
“¿Qué son acciones contra el Estado?”, preguntó Anamely. “Si algo hemos aprendido los cubanos es que acciones contra el Estado en Cuba es cualquier [cosa] que la clase política que disfruta de privilegios entienda como un riesgo para ella y su hegemonía”, respondió. "¿Qué es el orden constitucional? Ese solo existe en los márgenes del socialismo irrevocable, el mismo que implica aceptar el monopolio de un partido y todas y cada una de sus locuras incluidas las que desordenan. El orden constitucional en Cuba tiene como principal frontera la voluntad del Partido”.