ÍNDICE
- España, un destino favorito para los latinoamericanos
- ¿Qué es la Protección Internacional?
- ¿Qué ventajas tiene el asilo?
- ¿Dónde puedo solicitarlo?
- ¿Cómo funciona el proceso?
- En la entrevista es necesario presentar:
- Segunda entrevista (Tarjeta Roja)
- ¿Cuánto demora la resolución definitiva del caso?
- ¿Cuáles son las posibles resoluciones?
- ¿En qué pudiera beneficiar a los migrantes cubanos?
- Contactos de organizaciones de ayuda al inmigrante:
En esta página te explicamos paso a paso cómo es el proceso para pedir asilo político en España, lo que debes hacer, cuándo y adónde dirigirte, los documentos necesarios, los plazos de los trámites, los derechos a que acceder y cuáles son las opciones y respuestas posibles, además de consejos prácticos basados en la experiencia, y otros datos útiles.
Primero, debemos aclarar que en España funciona una sola ley, un solo mecanismo o protocolo para las solicitudes de asilo, sin importar el país desde donde hayas llegado. Significa una diferencia respecto a Estados Unidos, por ejemplo, donde existe la Ley de Ajuste Cubano que beneficia a ciudadanos cubanos.
Por tanto, como en España hay un único proceso de solicitud para todos los extranjeros, siempre esta información te servirá de ayuda, sin importar tu país de origen. Lo aclaramos, antes de añadir que vamos a hacer nuestro recorrido informativo (a través de cada trámite burocrático) pensando en la situación y las necesidades particulares de los cubanos.
España, un destino favorito para los latinoamericanos
España es uno de los países del viejo continente donde se realizan anualmente más solicitudes de asilo. En 2022, por ejemplo, ocupó el tercer lugar (por detrás de Alemania y Francia) entre los países miembros de la Unión Europea, con 118.842 personas que solicitaron asilo en suelo español (significó un aumentos del 82% respecto al año anterior).
Y no resulta casual quizás, por motivos de compartir un mismo idioma y una cultura común, que Latinoamérica siga siendo la región con mayor número de personas que buscan refugio en España. Entre los diez primeros países, 7 son latinoamericanos.
Diez países con más solicitudes de Asilo en España en 2022 |
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PAÍS |
SOLICITUDES |
Venezuela | 45.748 |
Colombia | 36.012 |
Perú | 8.937 |
Marruecos | 3.905 |
Honduras | 3.017 |
Nicaragua | 2.118 |
Mali | 1.713 |
Afganistán | 1.581 |
El Salvador | 1.501 |
Cuba | 1.392 |
Para esta fecha, hay más de 200 mil cubanos residentes en España, lo que convierte a la nación europea en el segundo destino migratorio para los antillanos, solo por detrás de Estados Unidos.
Ya sea por las similitudes culturales e idiomáticas, los vínculos históricos con Cuba o su ubicación en el continente europeo; gracias a las facilidades que otorga la Ley de Memoria Democrática, de la cuál Cuba es la nación con mayor número de solicitudes, por reunificación familiar o mediante estudios de posgrado, año tras año crece la población de origen cubano. Quienes se pueden beneficiar con la Ley de Memoria para descendientes de españoles emigrantes, lógicamente, prefieren esta mejor opción para afincarse en España.
Sin embargo, pese a tales cifras y las leyes que, en materia migratoria, favorecen la regularización de los migrantes hispanohablantes –si se compara con otras naciones europeas–, la realidad evidencia un proceso cargado de dificultades, donde la burocracia resulta el principal obstáculo.
¿Cómo garantizar un estatus migratorio regular en territorio español? Es una de las principales inquietudes para los emigrantes de todas las nacionalidades, en especial para los cubanos.
Por las garantías que ofrece, muchos ven en la solicitud de Protección Internacional una vía para empezar a normalizar la estadía, empezando por lograr un permiso de trabajo, algo indispensable para acceder a empleo de forma legal, y la salud pública gratuita. Esto sucede porque, incluso sin llegar a tener aún el asilo concedido, desde el mismo momento en que se inicia formalmente este proceso ya el emigrante obtiene tales derechos y puede ganar un margen de tiempo y tranquilidad a su favor.
Es que, al formar parte de la Unión Europea, España se encuentra sujeta a normativas supranacionales que determinan la responsabilidad de los Estados al examinar las solicitudes de protección internacional en el Espacio Schengen.
¿Qué es la Protección Internacional?
La protección internacional comprende tanto el derecho de asilo, que se concede a los refugiados, como la protección subsidiaria, que se concede a los extranjeros que no son refugiados, pero se encuentran en determinadas situaciones de riesgo y no pueden regresar a su país de origen.
Según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR España):
El asilo es la protección que el Gobierno español otorga a las personas reconocidas como refugiadas y supone que no podrás ser devuelto a tu país si existe un riesgo para tu integridad o libertad.
Para el Ministerio del Interior español:
En la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género, orientación sexual o de identidad sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él.
Por otro lado, el derecho a la protección subsidiaria es el dispensado a las personas de otros países y a los apátridas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidas como refugiadas, pero respecto de las cuales se den motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen en el caso de los nacionales o, al de su anterior residencia habitual en el caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves previstos –muerte, tortura, amenazas contra la integridad, etc.– (…) y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren, acogerse a la protección del país de que se trate.
¿Qué ventajas tiene el asilo?
- Suspensión de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectar al solicitante.
- Posibilidad de residir de forma legal en España.
- Atención sanitaria gratuita.
- Asistencia jurídica gratuita e intérprete.
- Se podrá trabajar de forma legal (cuando se cumplan los plazos establecidos).
- Posibilidad de recibir la ayuda (incluida la acogida) de entidades públicas y privadas.
- En caso de ser otorgado el estatus de refugiado, el derecho a la reunificación familiar.
¿Dónde puedo solicitarlo?
El Ministerio del Interior señala que se podrá tramitar la protección en:
- Las Oficina de Asilo y Refugio
- Comisarías Provinciales de Policía o Comisarías de distrito que se señalen mediante Orden del Ministerio del Interior
- Puestos fronterizos de entrada al territorio español
- Centros de Internamiento de Extranjeros
- Oficinas de Extranjeros
- Misiones Diplomáticas (en el extranjero)
¿Cómo funciona el proceso?
El mayor número de solicitantes realiza el trámite en territorio español.
Si bien es cierto que las autoridades exhortan a los interesados a comenzarlo en la menor brevedad posible, muchas veces resulta imposible por la baja disponibilidad de Cita previa en Extranjería, un requisito indispensable que, pese a ser gratuito y de acceso público, es difícil de obtener en la página oficial.
Numerosos casos de estafas han sido documentados, así como el accionar de redes que, mediante programas informáticos, bloquean el sistema para, luego, comercializar las citas.
En caso de conseguirla, en el primer encuentro con las autoridades se registrarán los datos personales del solicitante para, luego, informarle sobre la fecha de la entrevista inicial.
En la entrevista es necesario presentar:
- Pasaporte (original).
- Fotocopia completa del pasaporte (cara principal, cara de visados previos –en caso de poseerlos–, cara de visado a España y cuño de entrada).
- Fotografías tamaño carnet (32x26 mm).
- Escrito explicativo donde se detallen las razones por las que se solicita protección al Estado español.
- En caso de tener pruebas que verifiquen lo anterior, estas deben agregarse al expediente (imprescindibles para la valoración del expediente).
Ese día se abrirá el expediente en que se documentan los motivos por los que se solicita protección al Estado español y se otorgará la “tarjeta blanca”, el resguardo de presentación que garantiza la no devolución del solicitante a su país de origen.
Con el documento se asigna el Número de Identidad de Extranjero (NIE) que permitirá realizar trámites como la apertura de cuentas bancarias o el alta en la Seguridad Social.
No autoriza a trabajar inmediatamente; solo será posible –al menos de forma legal– seis meses después de la expedición del resguardo.
Además, carece de validez para el cruce de fronteras entre los Estados pertenecientes al Espacio Schengen.
- ¿Qué países componen el Espacio Schengen?
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Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia y Suiza.
Esta fase apenas da inicio al proceso de solicitud de protección internacional por lo que, contrario a lo que se pudiera imaginar, no implica el otorgamiento del asilo.
Si transcurrido un mes tras la entrevista no se ha recibido notificación –vía correo electrónico o SMS– de la no admisión a trámite, seguirá en vigencia la tarjeta blanca durante los próximos ocho meses. Tras este período de tiempo será necesaria su renovación.
Segunda entrevista (Tarjeta Roja)
Para realizar este trámite, será imprescindible disponer de una Cita previa en Extranjería.
Si bien es cierto que resulta poco probable debido a la habitual demora del proceso, en esta entrevista pudiera comunicársele al solicitante si ha sido concedido el asilo o la protección subsidiaria; si, en caso de haber sido denegada su solicitud, se le otorgaría la residencia por razones humanitarias o, en el peor de los casos, si no se reconoce la necesidad de protección.
En el escenario más probable –que continúe en trámite la solicitud–– se le concederá la tarjeta roja, documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional que tiene una vigencia de seis meses –renovable–, y en el que se manifiesta expresamente la autorización a trabajar.
¿Cuánto demora la resolución definitiva del caso?
La Ley indica que el solicitante de asilo recibirá una respuesta a su solicitud en el plazo máximo de seis meses. Sin embargo, en la práctica, no existe una fecha límite para conocer el resultado del proceso.
La evaluación de los expedientes está a cargo de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, órgano colegiado adscrito al Ministerio del Interior.
En la actualidad, la resolución suele demorar de uno a cuatro años.
¿Cuáles son las posibles resoluciones?
Favorables
- Asilo: autorización de residencia permanente.
En este caso, miles de ciudadanos cubanos solicitan protección internacional en España por las políticas violatorias de los derechos humanos en la Isla y la represión gubernamental. Sin embargo, pese a ser conocida la ocurrencia de estos hechos, no se le concederá asilo a todo solicitante solo por ser ciudadano cubano.
Para ser beneficiario resulta imprescindible evidenciar la violación de estos derechos a títulos personal; ejemplo de ello: periodistas o artistas perseguidos por el ejercicio de su profesión, activistas políticos.
En 2022, de 1 392 solicitudes de protección internacional al gobierno español, solo 10 casos recibieron el asilo.
- Protección subsidiaria:autorización revisable cada cinco años.
Por lo general, se otorga a quienes han huido de sus territorios por algún conflicto interno que ponga en peligro su integridad. En este caso, no es indispensable que el solicitante haya sido perseguido directamente.
Para el gobierno ibérico, la actual situación económica y política de la Isla no resulta suficiente para reconocer esta forma de protección.
Desfavorables (es posible recurrir)
- Residencia por razones humanitarias: no es estrictamente una forma de asilo sino una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (problemas de salud, en el país de origen).
En este caso, si bien es cierto que no nos referimos a un tipo de asilo, es una opción que permite la regularización.
Generalmente se le otorga a víctimas de discriminación por ideología, religión, orientación sexual y, sobre todo, a quienes padezcan una enfermedad sobrevenida de carácter grave(cáncer, ictus, infarto) que requiera asistencia sanitaria especializada –no accesible en el país de origen– y que, de ser interrumpida, suponga un grave riesgo para la salud.
La mayor parte de las solicitudes de protección internacional son denegadas. Sin embargo, una parte significativa recibe la residencia por razones humanitarias.
- No reconocimiento de la necesidad de protección: A priori, “implica” el abandono de España en el plazo de 15 días si no se dispone de otro tipo de autorización de residencia. No obstante, el representante legal puede presentar un Recurso Potestativo de Reposición en el término de un mes –tras la notificación de la resolución– o un Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional.
A pesar de la denegación del asilo, en la práctica, resulta poco común que se produzca la deportación debido a normativas supranacionales, las complejidades del proceso legal para la expulsión u otras vías que permiten la regularización como las Autorizaciones de residencia temporal por razones de arraigo (laboral, social, familiar o para la formación).
¿En qué pudiera beneficiar a los migrantes cubanos?
Pese a las evidentes trabas y limitaciones que caracterizan a este proceso, la solicitud de Protección internacional, además de garantizar el acceso a la salud pública y el empleo, la acogida temporal, acompañamiento y asesoría jurídica por parte de diversas ONG y entidades especializadas (públicas o privadas), pudiera ayudar a inmigrantes cubanos, sin importar el resultado final del trámite, a crear las condiciones para –por el periodo de residencia en España– acogerse a otras formas de regularización. En materia de trámites migratorios en España, puede que todo sea cuestión de tiempo.
Contactos de organizaciones de ayuda al inmigrante:
(La mayor parte de las entidades consta de sedes en todas las comunidades de España)
- Cruz Roja española:
Dirección: Calle Valdecanillas, 112 - 28037 Madrid
Tel.: 91 532 55 55
- Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR):
Dirección: Calle Hnos. García Noblejas, 41 - 8º izq - 28037 madrid
Tel.: 91 555 06 98 / 29 08
- ACCEM:
Dirección: Plaza Sta. Mª Soledad Torres Acosta, 2, 3° - 28004 Madrid
Tel.: 91 532 74 78 / 9
- Puede acceder, además, a más información sobre la solicitud de Protección Internacional en la página del Ministerio del Interior, en este enlace.
- Para más información sobre el proceso de Protección Internacional en territorio español, acceda a este enlace.