Es falso que el misoprostol —medicamento empleado en Cuba para la interrupción voluntaria del embarazo— fuese retirado del mercado francés porque “ponía en riesgo la vida de las mujeres”, como se afirma en el artículo “Abortar en Cuba es una práctica ‘tan fácil como sacarse una muela’”, publicado por el medio español ABC.
Dicho artículo de la periodista Camila Acosta hizo la siguiente afirmación:
“El misoprostol fue retirado del mercado francés en 2018 por el mismo laboratorio que lo fabrica en Europa, debido a que se consideró que ‘ponía en riesgo la vida de las mujeres al causarles hemorragias y rupturas intrauterinas’”.
Sin embargo, el medicamento que fue retirado del mercado fue otro, el Cytotec, un fármaco producido por los laboratorios Pfizer y que contenía misoprostol. Este medicamento no fue creado para interrumpir embarazos, sino como tratamiento para úlceras de estómago y duodenales.
El Cytotec a partir de los años 80 se empezó a comercializar de manera clandestina en América Latina para abortos en casa, y también en España a partir de los 90. Se vendía de forma ilegal y su uso sin prescripción ni dosis indicadas podía producir efectos secundarios graves como arritmias o depresión.
Por otro lado, desde el año 2005, la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce al misoprostol como uno de los fármacos recomendados para la interrupción voluntaria del embarazo bajo receta médica. De hecho, el misoprostol forma parte de la lista de medicamentos esenciales de la OMS.
Además, según el Manual de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG), el empleo del misoprostol en ginecología y obstetricia tiene una tasa de éxito —definida como aborto completo— de alrededor del 90%. El misoprostol ha demostrado ser un medicamento de alta eficacia abortiva, no invasivo y bien tolerado por las adolescentes y mujeres embarazadas, y con riesgos mínimos para la salud reproductiva, de acuerdo con varios estudios.
Omisión de datos sobre muertes de mujeres por abortos inseguros
Acosta, en el citado artículo, tampoco es rigurosa cuando afirma:
“entre los años 1980 y 2019 se practicaron en Cuba más de cuatro millones de abortos. La Isla, en donde alrededor del 41,9% de los embarazos culminan de esta forma, tiene una de las tasas de aborto más altas de América Latina”.
Aunque la cifra de abortos praticados en Cuba no es lejana a la que comenta Acosta, la autora muestra cifras algo mayores a las que realmente son. Según el Anuario Estadístico de Salud del Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba del año 2020, entre los años 1980 y 2020, para mujeres entre 12 y 49 años de edad, se realizaron un total de tres millones 920 mil 758 abortos; cifra que todavía no alcanza los más de cuatro millones planteados por la periodista; y un 39,4% de embarazos terminan en un aborto, no un 41,9%.
Sin embargo, lo más relevante es que la periodista omite estadísticas importantes sobre la práctica del aborto en Cuba y en América Latina. Por ejemplo, el artículo no menciona que la Organización Mundial de la Salud ha cuantificado en alrededor de 39 mil las muertes anuales en el mundo por interrupciones de embarazo clandestinas. La mayoría de estas muertes se deben a condiciones sanitarias inseguras y según la OMS, el 90% de estos decesos podrían evitarse.
Además, según la organización IPAS, 62 de cada 100 mil mujeres en América Latina mueren a consecuencia de abortos en condiciones de riesgo.
Cuba fue el primer país de América Latina y el Caribe en despenalizar el aborto en 1961, y en 1965 creó la base legal para que pudiera realizarse en el marco del Sistema Nacional de Salud. Hoy en día es uno de los ocho países de la región donde la interrupción voluntaria del embarazo está despenalizada. Según el último Anuario Estadístico de Salud de Cuba, en el año 2020, se practicaron casi 61 mil 886 abortos en el país y murieron dos mujeres.
En una rueda de prensa el pasado mes de junio, el director de la OMS, Tedros Adhamon, afirmó que limitar el acceso al aborto seguro cuesta vidas y tiene un impacto mayor en mujeres de las comunidades más pobres y marginadas. “Todas las mujeres deben poder decidir sobre sus cuerpos y salud; el aborto seguro es parte de la asistencia sanitaria”, declaró.
La ONG Human Rights Watch, por su parte, advirtió en un artículo de junio de 2022 que el aborto es un derecho humano, y que no todas las mujeres sufren de igual modo las restricciones a este derecho.
Por su parte, el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer han destacado que:
“las restricciones al aborto generan una práctica desproporcionada de abortos ilegales e inseguros entre mujeres de sectores pobres y rurales o mujeres que no pueden viajar fuera de una jurisdicción donde se prohíbe el aborto”.
Asimismo, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha señalado que las restricciones al aborto afectan en particular a las mujeres que viven en la pobreza o que tienen un menor nivel o ningún tipo de educación formal.
El proceso de aborto en Cuba no es “tan fácil como sacarse una muela”
Finalmente, abortar en Cuba no es “tan fácil como sacarse una muela"... Te explicamos cómo es el proceso para abortar en Cuba:
La interrupción legal del embarazo se regula por vía del Ministerio de Salud Pública, por lo cual el procedimiento es a criterio médico y no a elección de la gestante.
Según la guía metodológica para la instrumentación de todos los tipos de terminación voluntaria del embarazo del Ministerio de Salud Pública (MINSAP), se requiere un diagnóstico de certeza de embarazo, el cual debe ser probado mediante las evidencias propias del diagnóstico clínico, inmunológico, imagenológico, o cuántas formas científicas estén reconocidas en el Sistema Nacional de Salud.
Este es el primer paso para quien desee abortar y se hace solo bajo remisión del Médico de Familia, un especialista en ginecobstetricia u otros profesionales del Sistema Nacional de Salud en las distintas instituciones acreditadas a las que acuda la mujer embarazada.
"los únicos capacitados para informar de las consecuencias médicas, psicológicas y sociales derivadas de la prosecución o terminación del embarazo son los médicos especialistas"
La guía también establece que la terminación voluntaria del embarazo podrá realizarse solamente hasta las 12 semanas de gestación contadas desde el primer día de amenorrea (y no las 14 semanas de las que habla el doctor Óscar Biscet en el artículo de Acosta). Además, los únicos capacitados para informar de las consecuencias médicas, psicológicas y sociales derivadas de la prosecución o terminación del embarazo son los médicos especialistas.
Pasado ese tiempo, la terminación del embarazo podrá realizarse solo en casos excepcionales, específicamente por problemas de salud que pongan en riesgo la salud o vida de la embarazada o el feto. Tales casos requieren de la autorización de una comisión hospitalaria de terminación voluntaria del embarazo nombrada por el director de cada institución.
Los profesionales de la salud son también quienes deciden el método: regulación menstrual, inducción medicamentosa o aborto quirúrgico.
La regulación menstrual consiste en una aspiración manual, indicada para las primeras semanas de gestación (hasta 45 días) y suele realizarse sin anestesia, por lo que es extremadamente dolorosa. Para acceder a dicho procedimiento, se requiere: diagnóstico del tiempo de embarazo (incluye el diagnóstico positivo por tiras reactivas de alta sensibilidad) y órdenes de análisis (hematocrito, hemoglobina, serología y RH, y prueba de VIH-Sida), aunque el resultado de este último estudio no es esperado para la autorización del proceder.
A las mujeres embarazadas se les entrega un formulario de consentimiento informado que deben firmar al momento de la indicación del proceder y no al momento del procedimiento. Las pacientes tienen hasta 72 horas para confirmar su decisión desde el momento en que se les brinda la información y se realiza la intervención.
Por su parte, la inducción medicamentosa se realiza con misoprostol. Debido a la crisis económica y la dificultad que el país tiene para ingresar medicamentos, es el menos implementado, pero su uso está en alza.
Este mecanismo también requiere de consentimiento informado y exámenes médicos complementarios obligatorios previos al procedimiento (hemoglobina, hematocrito, serología. exudado vagina, HIV).
Finalmente, el aborto quirúrgico (normalmente el legrado) es indicado cuando la inducción medicamentosa falla. Sin embargo, la falta de misoprostol puede derivar en que se realice con frecuencia el legrado a partir del segundo mes de embarazo.
La escasez de recursos y la dificultad de acceso a los servicios de interrupción en zonas periféricas obliga a muchas embarazadas a tener que recurrir a transacciones monetarias informales al interior del Sistema de Salud. A las dificultades para acceder a un aborto se suman vacíos educacionales, obstrucciones por parte de grupos conservadores anti-aborto, la mala praxis, la poca disponibilidad de métodos anticonceptivos y violencias de diverso tipo que pueden surgir durante el proceso de interrupción.
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